OBJETO SOCIAL
Actividad o actividades para cuya realización la sociedad se constituye. El objeto social delimita los actos y negocios a los que se puede dedicar, la inversión de su patrimonio y la capacitación de los administradores. Ha de constar en los estatutos constitutivos de la sociedad y para que pueda figurar como objeto social, la actividad ha de ser lícita, determinada y posible.
OBLIGACIÓN
Relación jurídica establecida entre dos partes, por la que una de ellas llamada deudor se ve constreñida a dar, hacer o no hacer algo a otra llamada acreedor.
Título de crédito que puede ser emitido por una sociedad anónima. En el mercado de valores se refiere a un título en serie que documenta la participación en una deuda.
Título de crédito que confiere al tenedor el derecho de percibir un interés anual fijo, además del reintegro de la suma prestada en una fecha convenida.
OBLIGACIÓN CONVERTIBLE
Obligación que se emite con la opción de que el suscriptor a su vencimiento pueda canjearla por acciones u otro tipo de obligaciones del emisor, lo que facilita su colocación en el mercado.
OFERTA
Cantidad de bienes y servicios disponibles para la venta y que los oferentes están dispuestos a suministrar a los consumidores a un precio determinado.
OFERTA MONETARIA
Cantidad de billetes y monedas metálicas en circulación, más los depósitos a la vista y a plazo en moneda nacional, existentes en la economía.
OFERTA VINCULANTE
Es el documento extendido gratuitamente por las instituciones a petición del posible adquirente, que te permite obligar a la entidad, por un plazo de 20 días naturales contados a partir de su recepción, a respetar todas y cada una de las variables financieras ofrecidas en el crédito hipotecario para la vivienda, siempre y cuando el usuario entregue toda la documentación prevista en la solicitud de crédito dentro de dicho plazo. Además de la ventaja anterior, la entidad pondrá a tu disposición, el modelo de clausulado que contenga los derechos y obligaciones de las partes, conforme al cual pretendan formalizar, una vez autorizado el otorgamiento del crédito garantizado.
OPERACIÓN BANCARIA
Cualquier tipo de operación realizada por las entidades de crédito. Éstas se dividen en las siguientes categorías: operaciones pasivas o de captación de recursos, operaciones activas o de inversión de los recursos captados y servicios a la clientela.
OPERACIÓN DE ACTIVO
Cualquier operación de inversión de los recursos captados por las entidades de crédito que lleva asociado un cierto nivel de riesgo. Se distingue entre las de riesgo pleno, si es la propia entidad la que lo asume, y operaciones de garantía o de riesgo condicionado, en las que la entidad asume el riesgo de impago de otros, como es el caso de los avales.
OPERACIÓN DE PASIVO
Cada operación mediante la cual las entidades de crédito captan sus recursos tanto propios como ajenos.
OPERACIÓN FINANCIERA
Contratación de un servicio o producto financiero; se distinguen de las operaciones mercantiles porque no necesariamente implican la compra o venta directa de un bien tangible, sino que facilitan el acceso a recursos monetarios para efectuar diversas operaciones.
OPERACIONES EN FIRME
Operaciones al contado o a plazo cuyo contrato no puede ser modificado con posterioridad a su cierre.
ORDEN DE PAGO
Transferencia de fondos a petición del solicitante que se realiza entre sucursales bancarias para que, previa notificación, se pague al beneficiario o se abone en su cuenta de cheques.
ORDEN INCONDICIONAL DE PAGO DEL CHEQUE
La orden incondicional de pago del cheque se encuentra en la expresión Páguese por este cheque.Esta orden no puede estar sujeta a ninguna condición, y si se insertare alguna, se tendrá por no puesta.
ORDEN SECUENCIAL
Una vez que se haya realizado el sorteo, si no existe ninguna oferta de subasta y el grupo cuenta con el dinero necesario para adquirir otro vehículo este será adjudicado al siguiente integrante de acuerdo al orden secuencial del sorteo
ORGANIZACION AUXILIAR DE CREDITO
Institución financiera, cuya función es ayudar a la intermediación del crédito y no de modo fundamental captar y colocar recursos del público y cuya tarea específica es complementar algunas operaciones financieras concretas. Se encuentran reguladas por la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito. Estas sociedades requieren autorización de la autoridad financiera para operar, constituyéndose para tal efecto como sociedades anónimas. La ley otorga este carácter a los almacenes generales de depósito, arrendadoras financieras, sociedades de ahorro y préstamo, uniones de crédito, empresas de factoraje financiero y como actividad auxiliar reconoce la compraventa habitual y profesional de divisas
OTC
Operaciones fuera de mercado o fuera de la bolsa. En el idioma inglés Over the Counter.
Definiciones de Acciones:
ACCIÓN
-
ACCION BURSATIL O CON LIQUIDEZ
-
ACCIONES AMORTIZABLES
-
ACCION CAMBIARIA
-
ACCIONES CONVERTIBLES
-
ACCIONES ENDOSADAS
-
ACCION EN TESORERIA
-
ACCIONES GARANTIZADAS
-
ACCIONES DE GOCE
-
ACCIONES LIBERADAS
-
ACCIONES DE LIBRE SUSCRIPCIÓN
-
ACCIONES CON VALOR NOMINAL
-
ACCION NOMINATIVA
-
ACCIONES AL PORTADOR
-
ACCIONES READQUIRIDAS
-
ACCION PREFERENTE
-
ACCIONES DE APORTACION RETENIDAS EN PRENDA
-
ACCIONES
SUSCRITAS -
ACCIONES SIN VALOR NOMINAL
-
ACCION VOLÁTIL
-
ACCIONES DE VOTO
-